Reformas al Régimen de Responsabilidad Parental.

La Ley 27.363 introduce modificaciones en el Código Civil y Comercial de la Nación al incorporar el artículo 700 bis y modificar el artículo 702.

El flamante artículo 700 bis incorpora los supuestos por los cuales cualquiera de los progenitores queda privado de la responsabilidad parental. Los casos contemplados se encuentran referidos a situaciones de violencia que pudiere haber cometido uno de los progenitores contra el otro o, en su caso, contra sus hijos. Se incluyen también los supuestos en que el delito imputado haya quedado en grado de tentativa.

Por su parte, la modificación del artículo 702 establece la suspensión de la responsabilidad parental durante el procesamiento de los supuestos indicados en artículo 700 bis. 

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